
Acción constitucional es determinante
Las acciones constitucionales no pertenecen a la justicia ordinaria, por eso sus conclusiones son distintas, incluso la Apelación no suspende los efectos de lo que se ha dictado, es el resumen teórico de lo que puede significar una acción de Protección, expresó el Dr. Víctor Arias Aroca, experto constitucionalista, al ser consultado sobre la medida cautelar y acción de protección que interpuso la compañía Agunsa. S.A. delegataria de la administración del puerto de Manta.












