
Mediante el Acuerdo Ministerial Nro. MDH-DM2026-0008-A, el Ministerio de Desarrollo Humano (MDH) expidió la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas para las personas adultas mayores para el 2026.
Se trata de un derecho de protección económica destinado a quienes carecen de medios y recursos para su subsistencia o de aquellas que, por su condición física o mental, no pueden subsistir por sus propios medios. Con esta tabla, los jueces de la familia, niñez y adolescencia pueden establecer el monto de la pensión de alimentos mínima que puede solicitar la o el demandante.
El cálculo se hace con base al salario básico unificado que para este año es de USD 482 y la inflación anual de precios, acorde a los indicadores económicos publicados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC). En el MDH se explicó que el enfoque de la tabla se basa en la responsabilidad compartida por el cuidado y protección de una persona adulta mayor.
“Los hijos e hijas, hasta nietos, son quienes, en primera instancia, deben dar cobertura a la pensión alimentaria. El derecho se amplía al cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad si el juez considera aplicar una medida de protección”.



