
La Procuraduría General del Estado ecuatoriano, en una misiva firmada el 1 de marzo de 2026, indicó que la entrada en vigencia de la nueva Ley del Deporte, inscrita el pasado 11 de febrero, “no irrumpe, reinicia ni altera” el cómputo de periodos dirigenciales ejercidos bajo la normativa anterior.
Este pronunciamiento aclara el panorama en un contexto eleccionario en la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) en el que Francisco Egas buscará la reelección por tercera ocasión consecutiva, recibiendo un visto bueno desde FIFA y Conmebol. Su lista ya está inscrita, mientras que la de su contendiente Esteban Paz fue rechazada en primera instancia, pero esta decisión será apelada.
“En atención a la consulta se concluye que, de acuerdo con la Disposición Derogatoria Única y la Disposición Transitoria Décima Segunda de la Ley Orgánica del Deporte, la Educación Física y la Recreación, la entrada en vigencia de dicha ley no interrumpe, reinicia ni altera el cómputo de los periodos de ejercicio de los dignatarios, autoridades u órganos directivos electos bajo la vigencia de la normativa anterior“, indicó el organismo.
“El Ministerio (de Educación, Deporte y Cultura) deberá observar el régimen jurídico vigente al momento de la primera elección del dirigente correspondiente, incluidos los límites previstos en el artículo 151 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación (2010) en lo relativo a los periodos de ejercicio y restricciones de reelección”, añadió.

La institución concluyó que la nueva reforma a la Ley del Deporte “no debe entenderse como habilitante de un nuevo ciclo de elegibilidad”.



