Ni Aquiles Álvarez pudo detenerla : Prefectura de Guayas confirma suspensión” del puente en Los Ceibos



A pesar del llamado público que hizo el alcalde Aquiles Alvarez el 27 de julio, la Prefectura de Guayas confirmó la medida provisional de suspensión del paso elevado vehicular que el Municipio proyecta construir en la avenida del Bombero, en Los Ceibos.

En un video publicado en sus redes sociales, Alvarez pidió a la prefecta Marcela Aguiñaga que no revoque el Registro Ambiental de la obra, y acusó al Ministerio de Ambiente de actuar sin fundamentos técnicos. “Confío en su respeto por la Constitución y por una gestión pública eficiente y responsable. Guayaquil no puede pagar el precio del centralismo incompetente”, expresó.


Sin embargo, un día después, el 28 de julio de 2025, la Comisaría de Ambiente del Gobierno Provincial del Guayas emitió un acto de inicio del procedimiento administrativo sancionador contra el Municipio de Guayaquil, confirmando la medida provisional de suspensión del proyecto.

Las razones detrás de la suspensión
Según el documento oficial, el proyecto —identificado como “Fortalecimiento de la red vial urbana con la construcción de un paso elevado vehicular en la intersección de la Av. del Bombero con la Av. Dr. Leopoldo Carrera, Programa CAF XVI”— carece de la Licencia Ambiental necesaria, ya que su impacto ha sido clasificado como alto, lo que invalida el Registro Ambiental otorgado previamente.

La resolución recuerda que el Ministerio de Ambiente ya había dispuesto el 23 de julio la suspensión de las actividades, y solicitó a la Prefectura evaluar la revocatoria del permiso ambiental. La Prefectura, en consecuencia, ratificó la suspensión de la obra y abrió el proceso sancionador, exigiendo al Municipio presentar sus descargos en un plazo de 10 días.

Entre las irregularidades detectadas se menciona el uso de un instrumento ambiental inadecuado, el suministro de información incorrecta o que indujo al error a la autoridad ambiental, y la ausencia de un proceso acorde al nivel de impacto.

“Se confirma la medida de suspensión de las actividades de acuerdo a lo establecido en el artículo 309 del Código Orgánico del Ambiente”.

Salvador Toledo, comisario instructor de la Prefectura de Guayas.
Además, se advierte que esta infracción calificaría como muy grave y podría derivar en sanciones administrativas o económicas, si el Municipio no demuestra lo contrario en el proceso en curso.

De esta forma, el pedido del alcalde fue desestimado por las autoridades ambientales provinciales, en una controversia que sigue escalando entre el Cabildo porteño y la Prefectura del Guayas.


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