La Corte Constitucional (CC) dio explicaciones este 28 de noviembre sobre la aprobación que dio para que se tramite la reforma parcial a la Constitución que busca quitar el financiamiento público a los movimientos y partidos políticos. Esta es una iniciativa impulsada por el presidente Daniel Noboa.
En un comunicado se subrayó que la CC no evaluó si dicha propuesta era conveniente o no, sino que únicamente determinaron si la reforma parcial era el mecanismo adecuado para su trámite. Para ello, se examinó “si el proyecto de reforma no transgrede los límites previstos en el artículo 442 de la Constitución para este procedimiento”.
Esto se refiere a que la reforma parcial no suponga una restricción en los derechos y garantías constitucionales. “En virtud de lo analizado, la Corte concluyó que el proyecto de reforma parcial no transgrede los límites establecidos en la Constitución, es decir, no restringe derechos o garantías constitucionales y no altera los procedimientos de reforma constitucional; por lo que, la propuesta presentada del primer mandatario, tal y como está planteada, respeta los límites para que sea tramitada a través del procedimiento de reforma parcial”, explicó la CC. Con esta explicación, la Corte Constitucional enfatiza que la conveniencia de la propuesta de Noboa le corresponde a la Asamblea Nacional, donde deberá tramitarse.
Y de aprobarse, también le corresponderá evaluar la conveniencia a la ciudadanía en una consulta popular. El dictamen de la CC tuvo una votación apretada, justo los cinco votos requeridos que provinieron de Karla Andrade, Carmen Corral, Enrique Herrería, Teresa Nuques y Daniela Salazar. Mientras que hubo cuatro votos salvados de Alejandra Cárdenas, Jhoel Escudero, Alí Lozada y Richard Ortiz.