Ministerio de Trabajo emite nueva forma tras polémico acuerdo 046

El Ministerio del Trabajo de Ecuador publicó el 10 de marzo de 2026, en el Registro Oficial, el Acuerdo Ministerial MDT-2026-059, que regula la autorización de turnos y horarios especiales.

Esta nueva normativa, suscrita por el ministro Harold Burbano, desarrolla el procedimiento para implementar esquemas laborales distintos a la jornada ordinaria y es de cumplimiento obligatorio para empleadores y trabajadores sujetos al Código del Trabajo. Se consideran turnos especiales cuando, por la naturaleza de la actividad o razones técnicas, las labores no pueden interrumpirse.

Incluye jornadas con más de cinco días consecutivos de trabajo con descansos acumulados, o menos de cinco días con periodos de descanso inferiores a dos días seguidos. Aplica a sectores como minería, petróleo y servicios esenciales (ej. salud). También se consideran horarios especiales las jornadas rotativas diurnas, nocturnas o mixtas, que requieren autorización del Ministerio. Los cambios en los días de descanso semanal, si hay acuerdo entre partes, no necesitan autorización especial.

La norma permite acordar una distribución eficiente de las 40 horas semanales, siempre con consentimiento libre y voluntario, sin renuncia a derechos laborales como descanso obligatorio u horas extras. El horario acordado debe constar en el contrato o adenda y registrarse en el sistema del Ministerio. El acuerdo establece que, para conductores, las jornadas no pueden superar las 12 horas, con descansos y alternancia obligatoria para evitar fatiga y riesgos.

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