
La veda de langosta en Ecuador para el año 2026 abarca desde el 16 de enero hasta el 16 de junio. Durante este período, está prohibida la captura, transporte, posesión, procesamiento y comercialización de este recurso marino. Detalles de la Veda Período: Del 16 de enero al 16 de junio de 2026. Especies afectadas: Aplica principalmente a las especies Panulirus gracilis y Panulirus penicillatus. Prohibiciones: La medida prohíbe la extracción, tenencia, procesamiento, transporte y comercialización (interna y externa) de langostas durante estos meses. Objetivo: La veda es una medida de ordenación pesquera cuyo fin es proteger el ciclo reproductivo de la especie y asegurar la sostenibilidad del recurso ante la sobreexplotación. Sanciones: Quienes incumplan con la normativa enfrentan sanciones establecidas enla Ley Orgánica para el Desarrollo de la Acuicultura y Pesca, o pueden ser puestos a órdenes de la Fiscalía y sancionados según el Código Orgánico Integral Penal ecuatoriano. Durante este tiempo está prohibida la captura, transporte, posesión, procesamiento y comercialización de los recursos marinos.



