Después de un tiempo, establecido en la Constitución, las personas pueden legalmente dejar de pagar una deuda en Ecuador. Esta figura se denomina prescripción y permite extinguir esa obligación bajo ciertas condiciones, incluso cuando el deudor sigue cobrándole.
Entre esas condiciones está el hecho de que la deuda no corresponda a pensiones alimenticias (ya que esta obligación nunca caduca ante la protección a los menores); y que el interesado siga un proceso legal y se cumpla con el plazo.
¿Cuál es el plazo para la prescripción de la deuda?
De acuerdo a lo que menciona el experto en deudas César Coronel, abogado de Defensa Deudores Ecuador, los plazos de prescripción varían según el tipo de deuda.
Si se trata de entidades financieras y casas comerciales privadas, se solicita ante un juez civil a los 10 años. Es decir, por ejemplo, si el usuario sacó a créditos electrodomésticos que no pudo pagar con el tiempo, deberá esperar 10 años para acogerse a la caducidad de dicha responsabilidad.
Para las deudas con entidades del Estado tienen un plazo de prescripción de 5 años. Esta puede ser solicitada ante sede administrativa, como es el caso de deudas con el Servicio de Rentas Internas (SRI), el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE), la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE), y algunos Gobiernos Autónomos Descentralizados, o ante los jueces del Tribunal de lo Contencioso Administrativo en el caso de otras instituciones públicas.
Importante a tener en cuenta:
Además del tiempo trascurrido, el deudor no debe haber realizado acciones que interrumpan la prescripción, como abonos, convenios o acuerdos de pago, ni tampoco debe haber sido notificado con una demanda judicial o coactiva. Además, el deudor debe iniciar un proceso legal y contar con la asesoría de un abogado.