Los alumnos que adeuden pensiones pueden ser trasladados a planteles fiscales

Las unidades educativas particulares pueden transferir a estudiantes a planteles fiscales cuando padres de familia hayan incumplido el pago de las pensiones por más de tres meses. Así lo establece la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI), vigente desde 2022. Esos traslados se concretan con el acompañamiento del Ministerio de Educación. En el anterior año lectivo se recibieron 1.041 pedidos para traslados a planteles fiscales. Cuando un padre de familia afronta problemas económicos y no puede pagar la pensión educativa de su hijo tiene tres opciones:

  • Llegar a un convenio de pago
  • Buscar otra institución particular con una pensión menos costosa
  • Trasladar al estudiante al sistema fiscal.

Doris Guamán, subsecretaria de regulación de la Educación, explica que durante el proceso de reubicación el estudiante se mantiene en la unidad educativa de origen. Una vez que reciben el expediente, se demoran un día en reubicarlo.

Análisis por caso individual cuando existan pensiones impagas

Según expertos, las instituciones particulares deben analizar cada caso y determinar las causas que llevaron a los padres a incumplir con el pago mensual, para identificar si son problemas económicos solucionables a corto plazo o no. Además, se aconseja afrontar en familia el cambio de una unidad educativa particular a una fiscal.

“Son experiencias que pueden cambiarte para bien o para mal (…) puede ser una oportunidad de maduración, de aceptación, pero si es para mal, te puede llevar incluso a un tema de frustración emocional muy fuerte”, indica Alegría Crespo, doctora en Educación.

El ministerio de educación dará seguimiento al traslado del estudiante, para estar pendiente de su adaptación y, de ser necesario, que se iguale en los contenidos que recibirá en su nuevo plantel.

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