Declaran culpables a Airbus y Air France por los 228 muertos en el accidente aéreo de 2009

El Tribunal de Apelación de París revoca la absolución dictada en 2023 y considera a ambas compañías responsables de la tragedia aérea en el Atlántico. 
 
El Tribunal de Apelación de París ha condenado a Air France y al fabricante aeronáutico Airbus por homicidios involuntarios por el accidente del vuelo AF447, que en junio de 2009 se estrelló en el océano Atlántico cuando cubría la ruta entre Río de Janeiro y la capital francesa y causó la muerte de las 228 personas que viajaban a bordo. La sentencia revoca así la absolución dictada en primera instancia en 2023 y considera a ambas compañías “únicas responsables” de la mayor tragedia aérea de la aviación francesa.  
 
La corte ha impuesto a las dos empresas la multa máxima prevista para personas jurídicas en este procedimiento penal: 225.000 euros para cada una. La decisión llega después de que la Fiscalía francesa modificara su posición inicial y solicitara en apelación la condena de Airbus y Air France por homicidio involuntario, al considerar acreditadas negligencias que contribuyeron de manera directa al accidente. El fallo supone un giro judicial en un caso que durante años ha enfrentado a las familias de las víctimas con la aerolínea y el fabricante europeo.  
 
En abril de 2023, el tribunal correccional de París absolvió a ambas compañías al entender que, aunque se habían producido “imprudencias” y “negligencias”, no existía un vínculo causal suficientemente demostrado entre esos errores y el siniestro. Aquella sentencia sí reconoció, no obstante, la responsabilidad civil de las dos empresas. Ahora, el tribunal de apelación considera que sí existe relación directa entre las deficiencias detectadas y la cadena de acontecimientos que desembocó en la caída del avión en mitad del Atlántico.

La Fiscalía sostuvo durante el proceso que las faltas de Airbus y Air France estaban “caracterizadas” y contribuyeron “de forma cierta” a que se produjera el accidente. Durante el juicio, los fiscales criticaron con dureza la posición mantenida por ambas compañías. “No hubo nada, ni una sola palabra de consuelo sincero. Es una defensa de granito. Una sola palabra resume todo este circo: indecencia”, señalaron en sus alegatos finales.  
 
Airbus y Air France rechazaron cualquier responsabilidad penal y defendieron que el accidente estuvo caracterizado por las decisiones tomadas por los pilotos en una situación extrema de emergencia, en plena noche y en condiciones meteorológicas especialmente adversas. La decisión del tribunal de apelación supone un importante revés para las dos compañías, que habían logrado evitar una condena penal en primera instancia. La absolución dictada hace tres años fue muy cuestionada por asociaciones de víctimas y por parte de la Fiscalía, que finalmente modificó su criterio inicial y apostó por reclamar responsabilidades penales directas para ambas empresas.  
 
La acusación sostuvo durante el proceso que Airbus subestimó los problemas relacionados con las sondas Pitot, encargadas de medir la velocidad del avión, pese a la existencia de incidentes previos registrados en otros vuelos. Según la Fiscalía, el fabricante no reaccionó con la rapidez suficiente para alertar a las aerolíneas ni para impulsar medidas correctoras urgentes. En el caso de Air France, el ministerio público consideró acreditadas carencias en la formación impartida a los pilotos para hacer frente a situaciones de pérdida de referencias de velocidad y fallos de las sondas durante vuelos de gran altitud.  
 
También reprochó a la compañía no haber transmitido de manera adecuada la información sobre esos riesgos a sus tripulaciones. Los magistrados de apelación han terminado respaldando esa tesis y consideran probado que las negligencias detectadas tuvieron un papel determinante en el accidente. La sentencia rompe así con el criterio adoptado en 2023, cuando el tribunal entendió que no podía establecerse una relación causal “segura” entre los errores detectados y la caída del aparato. La condena tiene, principalmente, un valor simbólico y reputacional para las dos compañías.  
 
La legislación francesa limita las penas aplicables a personas jurídicas en este tipo de delitos, por lo que Airbus y Air France únicamente podían enfrentarse a sanciones económicas. El tribunal ha optado finalmente por imponer la cuantía máxima prevista: 225.000 euros para cada empresa. A lo largo del proceso judicial, las familias de las víctimas reclamaron de forma reiterada que se reconociera la existencia de responsabilidades penales en uno de los accidentes aéreos más graves de la historia reciente de Europa.

El caso ha permanecido durante años bajo investigación y ha dado lugar a una larga batalla judicial marcada por informes técnicos, recursos y discrepancias entre expertos sobre el peso de los fallos humanos y técnicos. La Fiscalía insistió durante la vista oral en que el juicio debía servir también como advertencia para el conjunto del sector aeronáutico.  
 
“Esta condena arrojará el oprobio, un descrédito sobre estas dos empresas” y “debe resonar como una advertencia”, defendieron los fiscales durante sus alegatos. 

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