
El Gobierno puso en vigencia un nuevo Reglamento General contra el lavado de activos y financiamiento de delitos, a través del Decreto Ejecutivo 298 firmado por el presidente Daniel Noboa. Entre los cambios principales, el reglamento faculta a la UAFE a inmovilizar fondos hasta por 72 horas en casos considerados urgentes. Además, según el reporte, mantiene la prohibición de transacciones en efectivo desde USD 10 000, con el objetivo de frenar flujos ilícitos y recuperar activos.
NUEVA ARQUITECTURA INSTITUCIONAL Otro eje del Decreto es la creación del CONCLAFT, concebido como un espacio de coordinación interinstitucional para enfrentar riesgos de lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y proliferación de armas, con participación de entidades financieras, organismos de control y de seguridad.
MÁS OBLIGACIONES PARA BANCOS Y SUJETOS OBLIGADOS La normativa endurece requerimientos para bancos, cooperativas y otros sujetos obligados, con énfasis en debida diligencia, control y monitoreo de operaciones, además del principio “conozca a su cliente” para identificar el origen lícito de fondos y detectar operaciones inusuales o sospechosas. En contexto, la UAFE funciona como un organismo de análisis: recibe reportes de múltiples sectores y remite informes técnicos a la Fiscalía General del Estado cuando identifica indicios para investigaciones; también se reportan transacciones desde USD 10.000 (entre otros tipos de reportes).
FOCO REFORZADO EN PEP Y PLAZOS PARA ADUANA, SRI Y MINERÍA El reglamento incorpora debida diligencia reforzada para personas expuestas políticamente (PEP) funcionarios, ex autoridades y su círculo cercano como medida preventiva frente a riesgos de corrupción y crimen organizado. También establece tareas con plazos: el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador y el Servicio de Rentas Internas deberán emitir o actualizar normativa secundaria en 30 días.



