CONSEJO DE LA JUDICATURA ACLARA REGLAS: ¿QUÉ ABOGADOS PUEDEN LITIGAR SIN EL CARNÉ FÍSICO EN ECUADOR?

El Consejo de la Judicatura aclaró qué credencial deben presentar los abogados para litigar. La regla varía según la fecha del título y permite verificación digital para evitar suspender audiencias. Los titulados antes del 9 de marzo de 2009 no están obligados a portar el carné del Foro de Abogados; pueden acreditarse con el carné de su Colegio o la matrícula histórica ante la Corte Nacional o Cortes Provinciales. Igual aplica a títulos del exterior revalidados antes de esa fecha.

Quienes se graduaron después de esa fecha deben estar inscritos en el Foro y contar con la credencial correspondiente, pero no siempre presentar el carné físico. Si acuden solo con la credencial de su Colegio, los funcionarios verificarán en línea su registro activo en el sistema del Foro y podrán participar sin que se suspenda la audiencia. La medida unifica criterios y facilita las audiencias, respaldada en fallos de la Corte Constitucional y un pronunciamiento de la Procuraduría.

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