ASÍ FUNCIONARÁ EL NUEVO REGLAMENTO DE INCENTIVOS TRIBUTARIOS Y DONACIONES A FF.AA. Y POLICÍA

Redacción, EM.- Con la publicación del Reglamento General a la Ley de Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional enviado por el presidente, Daniel Noboa, el país entra en una nueva fase: ciudadanos y empresas podrán realizar donaciones a estas instituciones y recibir incentivos tributarios a cambio. El documento fija los mecanismos, límites y autoridades responsables de esta política, que empieza a regir desde el ejercicio fiscal 2025.

UN COMITÉ PARA CONTROLAR DONACIONES Y BENEFICIOS
El reglamento crea el Comité de Calificación y Certificación para el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas y la Policía, organismo que evaluará, aprobará y supervisará todas las donaciones dirigidas a las dos instituciones del orden. Este Comité también certificará qué aportes califican para la rebaja del impuesto a la renta, un beneficio que se aplicará únicamente para quienes cumplan los requisitos definidos en la Ley y su Reglamento. Además, el Ministerio de Economía determinará cada año el límite máximo del gasto tributario destinado a estos incentivos. Es decir, habrá un techo específico para controlar el impacto fiscal.

¿CÓMO FUNCIONARÁ LA REBAJA DEL IMPUESTO A LA RENTA?
El reglamento aclara dos escenarios:

Beneficios desde 2025
Las donaciones realizadas a partir del ejercicio fiscal 2025 accederán a la rebaja del impuesto a la renta una vez que la Ley fue publicada en el Registro Oficial.

Donaciones anteriores
Para aportes realizados entre el 1 de enero de 2024 y el 24 de octubre de 2025, se aplicará la deducción vigente en el literal j, numeral 19, artículo 10 de la Ley de Régimen Tributario, que ya contemplaba beneficios para ciertos tipos de donaciones.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) tendrá un plazo de un mes desde la publicación del reglamento para emitir la normativa secundaria que permita operar el sistema.

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