
El Servicio de Rentas Internas (SRI) informó este 29 de septiembre que los beneficios y disposiciones tributarias contempladas en las leyes de Integridad Pública y Solidaridad Nacional quedan sin efecto tras su declaratoria de inconstitucionalidad. Con la Ley de Integridad Pública no se podrá emplear el régimen de remisión aplicable a las obligaciones tributarias pendientes a la fecha de publicación de dicha ley (26 de junio de 2025); no obstante, los pagos realizados desde el 26 de junio de 2025 hasta la publicación de la sentencia de la Corte Constitucional en el Registro Oficial mantendrán el beneficio de la remisión, aplicándose directamente al capital. Mientras que con la Ley de Solidaridad Nacional queda sin efecto, con carácter retroactivo, la posibilidad de un 30 % de rebaja en el Impuesto a la Renta a quienes hagan donaciones para la Policía Nacional y Fuerzas Armadas. El viernes 26 de septiembre, la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad de las leyes de Solidaridad Nacional e Integridad Pública porque contenían diferentes temáticas como seguridad y penal, haciendo que pierdan su esencia de económico urgente.



