El Pleno de la Asamblea Nacional realizó, este miércoles 3 de septiembre del 2025, el primer debate del proyecto de reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP), que incluye cambios en las contravenciones de tránsito. Principales cambios propuestos en esta reforma al COIP:
USO DEL CELULAR En el actual COIP, los conductores que utilizan celular mientras manejan, reciben una sanción del 10% del salario básico. Con la propuesta de reforma se plantea sancionar esa infracción con un salario básico unificado completo (470 dólares en el 2025) y la reducción de 10 puntos en la licencia.
LLANTAS LISAS: Ya no sería causal de prisión, pero se convertirá en contravención de segunda clase, con multa del 50% de un salario básico y nueve puntos menos en la licencia.
NO USAR CASCO: Con la propuesta se elevaría a una contravención de segunda clase con una multa del 50% de un salario básico y la reducción de nueve puntos en la licencia.
EXCESO DE VELOCIDAD: La primera infracción dentro de un margen de velocidad moderado generará una notificación preventiva, con una notificación enviada al correo electrónico. Además, el exceso de velocidad se considerará una contravención de cuarta clase y si hay reincidencia en un año desde la primera notificación, se cobrará una multa del 30% de un salario básico y la reducción de seis puntos.
MUERTE CULPOSA: Se amplían los agravantes. Además del exceso de velocidad, malas condiciones mecánicas; llantas lisas o en mal estado, la propuesta incluye el exceso de pasajeros en el transporte público como una agravante cuando hay víctimas mortales. La muerte culposa se sanciona con uno a tres años de prisión, suspensión de la licencia de conducir por seis meses. La pena aumenta de tres a cinco años de cárcel si existe una de las agravantes.
CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EMBRIAGUEZ: El nivel máximo permitido para conductores del transporte público o que sean experimentados en el manejo será de 0,0 g/L de alcohol en sangre, según la propuesta legal.