
Desde el 15 de agosto al 15 de septiembre de 2025, Ecuador se regirá al período de veda para el cangrejo rojo (Ucides occidentalis) y el cangrejo azul (Cardisoma crassum), según la resolución del Ministerio de la Producción.
La medida, establecida en el Acuerdo Ministerial Nro. MPCEIP-SRP-2025-0054-A, busca proteger los ecosistemas y garantizar la sostenibilidad de estas especies.
En el mes se prohíbe en todo el territorio nacional la recolección, captura, transporte, posesión, procesamiento y comercialización, tanto interna como externa, de los cangrejos en veda.
Porque, en este lapso se prevé la muda de estos crustáceos.
Las empresas procesadoras o comercializadoras autorizadas que cuenten con inventarios previos al inicio de la restricción deberán declararlos a la Dirección de Control Pesquero hasta el 15 de agosto de 2025.
El incumplimiento de la normativa será sancionado según la Ley Orgánica para el Desarrollo de la Acuicultura y Pesca. Los casos más graves, los infractores podrán ser puestos a órdenes de la Fiscalía y procesados bajo el Código Orgánico Integral Penal.



