¿Te pueden embargar por una deuda pequeña en ecuador? Esto dice la ley

Muchos ecuatorianos creen que las deudas pequeñas no tienen consecuencias graves. Pero en la práctica, hasta una factura de $50 puede terminar en un proceso legal que termine tocando directamente tu billetera.

La legislación ecuatoriana no distingue entre deudas “chiquitas” o “grandes” si hay papeles de por medio. Si firmaste un pagaré, un contrato o simplemente hay una factura con tu nombre, ese documento puede usarse en tu contra para exigir el pago total. Y si no pagas, podrías verte enfrentando un embargo de tus bienes o de una parte de tu salario.

¿Qué documentos sirven para demandarte por una deuda?

El Código Orgánico General de Procesos (COGEP) es claro: si el acreedor tiene un documento que respalde la deuda (como una factura, un pagaré, una letra de cambio o un contrato con tu firma) puede presentar una demanda para que le pagues todo lo que debes. Y no importa si son solo $70 o $700. Lo que vale aquí es el documento, no la cantidad. “La persona que pretenda cobrar una deuda determinada de dinero, líquida, exigible y de plazo vencido (…) podrá iniciar un procedimiento monitorio”, dice el artículo 356 del COGEP.

¿Qué puede pasar si no pagas? Atención: te pueden embargar

Una vez que la demanda entra al sistema judicial, el juez tiene herramientas para asegurar que el dinero se recupere. ¿Cómo? Puede ordenar medidas como:

  • Congelar tus cuentas bancarias.
  • Impedirte vender tu carro o tu casa.
  • Descontar una parte de tu sueldo cada mes.

Y sí, todo esto puede ocurrir incluso si nunca abriste la notificación judicial. Si el citatorio fue entregado legalmente y tú no respondes, el proceso avanza igual. Eso significa que podrías enterarte de que estás embargado cuando tu cuenta esté bloqueada.

¿Hay algo que no se puede embargar?

Sí, pero es limitado. La ley protege ciertos bienes básicos para que las personas no queden totalmente desamparadas. Esta especie de “canasta de lo intocable” incluye:

¿Hay algo que no se puede embargar?

Sí, pero es limitado. La ley protege ciertos bienes básicos para que las personas no queden totalmente desamparadas. Esta especie de “canasta de lo intocable” incluye:

  • Ropa y objetos de uso personal.
  • Herramientas esenciales para tu trabajo.
  • La mitad del salario básico unificado (excepto si tienes deuda por pensiones alimenticias).

Es una forma de garantizar que, incluso endeudado, puedas seguir trabajando y subsistiendo.

¿Y si no hay contrato ni pagaré?

Igual pueden demandarte El COGEP también contempla una vía más sencilla: el procedimiento monitorio. Es útil cuando no existe un documento tan formal como un pagaré, pero hay alguna prueba de que la deuda es real. Esto puede incluir:

  • Facturas electrónicas o físicas firmadas.
  • Certificados de mora en condominios, clubes o escuelas.
  • Contratos de arriendo acompañados de una declaración jurada.
  • Reclamos de sueldos no pagados por parte de trabajadores.

Incluso si el documento fue hecho solo por el acreedor, puede presentarlo junto con alguna evidencia que demuestre que hubo una relación previa con el deudor. Y si el monto no supera los tres salarios básicos unificados, ni siquiera es obligatorio contratar a un abogado para iniciar el proceso legal.

¿Qué hacer si tienes una deuda y no puedes pagar?

Ignorar el problema solo lo empeora. Enfrentar la situación a tiempo puede evitar que un pequeño retraso se convierta en una pesadilla judicial. Aquí van algunas recomendaciones clave:

  1. Lee siempre las notificaciones judiciales. Aunque parezcan insignificantes, pueden traer sorpresas desagradables.
  2. Negocia un acuerdo de pago antes de que te demanden. Muchos acreedores prefieren cobrar sin ir a juicio.
  3. Busca asesoría legal apenas recibas una carta de cobro. Mientras más rápido actúes, más opciones tendrás.

No te confíes con las deudas pequeñas. En Ecuador, tener una deuda, por mínima que sea, no es un asunto menor si hay un documento que la respalde. Las leyes están hechas para proteger el derecho del acreedor a recuperar su dinero, y eso incluye herramientas como el embargo de bienes, cuentas o salarios.

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