Cuotas de Préstamos se Podrán Diferir en Bancos y Cooperativas de Ahorro y Crédito

Una Resolución de la Junta de Política y Regulación Financiera de Ecuador, con fecha 31 de marzo de 2025, permite a los clientes de la banca pública y privada, así como de las cooperativas de ahorro y crédito, acogerse al plan de alivio financiero. Los clientes podrán optar por un diferimiento temporal y extraordinario del pago de cuotas por vencer de sus préstamos hasta el 30 de septiembre de 2025. El mecanismo de diferimiento podrá implementarse por pedido del cliente o por iniciativa de las entidades financieras acreedoras. Para ello, el cliente deberá señalar su aceptación de forma expresa, por cualquier medio, según el documento.

“Las cuotas diferidas se podrán trasladar al final de la tabla de amortización correspondiente, y las entidades financieras podrán determinar el cobro o no de los intereses de las cuotas diferidas, cuya condición deberá ser notificada expresamente al cliente”, detalla en el documento la Junta de Regulación Financiera. La aplicación del alivio financiero venció el 31 de marzo. Y a partir de esa fecha comenzó a aplicarse la nueva Resolución con la que se otorgó un nuevo diferimiento por hasta 180 días, es decir, hasta el 30 de septiembre. “El diferimiento temporal y extraordinario de operaciones de crédito no constituye una nueva operación y, por lo tanto, no se cobrarán costos legales ni tarifas, y las cuotas diferidas no generarán interés por mora”, aclara la Junta en su Resolución sobre esta medida.

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