VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO

Por ley dictada en febrero de 2020 se penalizó la violencia política de género. Pero dicha ley conceptuó tan farragosamente esa figura, que abrió espacio para que se la distorsione al extremo de que cualquier crítica legítima a una mujer, funcionaria o que aspire a serlo, sea encajada a la fuerza como si de tal violencia se tratase. No ha importado que la misma crítica pudiera ser dirigida también a un hombre, baipaseando así, interesadamente, que el elemento clave es que se trate de ofensas basadas en estereotipos de género, es decir en prejuicios sobre las aptitudes de las mujeres para desempeñar funciones públicas. Lo peor es haber entregado facultades para juzgar esas infracciones al Tribunal de lo Contencioso Electoral, pese a que se trate de asuntos que nada tengan que ver con las elecciones, de lo que hay muchos, y graves, ejemplos recientes. El resultado ha sido que ese Tribunal se ha convertido en una especie de comisaría en la que, a guisa de conocer sobre supuestas ofensas a funcionarias, hasta se ha llegado a destituir de facto a altas dignidades de elección popular. Y se lo ha hecho sin vergüenza alguna. Dudosamente semejante desviación será corregida con los actuales jueces o con los que en su momento lleguen. Urge entonces enmendar la plana a una ley muy mal diseñada.

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