Abg. Ramiro Rivera Molina titulo
Político ecuatoriano que ocupó la vicepresidencia del Congreso Nacional entre 2003 y 2005 Profesor universitario en Universidad de las América Presidente del Grupo @elcomerciocom
El voto o sufragio, provienen del latín votum y sufragium. A lo largo del proceso de democratización ha sido un tema discutido. Variedad de formas mediante las cuales el ciudadano ha expresado su voluntad política. En términos de la concepción rousseauniana, la «voluntad general». Desde el sufragio censitario y restringido, hasta su universalización. El voto universal, igual, libre y secreto fue una conquista de la democracia. Para garantizar que sea secreto, se crearon las cabinas o mamparas, el “silencio electoral”, la prohibición de promover distintivos o indumentaria política, la “Ley seca”, la custodia militar, y las sanciones para quienes violen tal condición. Las constituciones de Ecuador de 1861, 1869, 1878, 1883, 1897, 1906, 1929, 1945, 1946, 1967, establecieron la pérdida y luego la suspensión de la condición de ciudadano por: «vender el voto o comprar el de otro». La de 1945 dice en su art. 15, 4o la ciudadanía se pierde: «Por atentados contra el derecho del sufragio, tales como la compra y venta del voto, violencia, falsedad, imposición oficial o jerarquía…». La Ley de Elecciones de 1861, en su primer artículo establece el «Sufragio directo y secreto de los ciudadanos». Igual las leyes posteriores de 1869, 1896, 1901, 1929, etcétera. El voto es secreto, dice Francisco Fernández Segado en el Diccionario Electoral, «Cuando su emisión se efectúa de tal modo que no es posible conocer, respecto de cada votante, en qué sentido ha manifestado su voluntad». En los siglos XVIII y XIX, Montesquieu y John Stuart Mill, defendían el voto público o abierto. Pero la democracia se perfeccionó. Se prohíbe fotografiar o filmar el voto, para evitar la coacción, intimidación o violencia, transgredir el impedimento, es sancionado con multas que llegan a los 300,000 euros, en el caso de Italia. En otros estados se tipifica como delitos clase A. En México se castiga no sólo con una multa sino prisión de seis meses a tres años. Dieter Nohlen, académico especialista en cuestiones electorales, en su libro Sistemas electorales y partidos políticos, nos dice: «con el fin de garantizar el voto secreto, se han introducido en la organización electoral, la cabina electoral, las boletas oficiales opacas, las urnas electorales selladas…». Para que se respete la decisión del CNE, tanto los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, tendrán que ejercer un riguroso control. Así, evitaremos que las mafias puedan comprar las elecciones