Municipios pueden diseñar incentivos tributarios 

Los Gobierno Autónomos Descentralizados ya pueden planificar incentivos para disminuir el desperdicio de alimentos. Desde el viernes 19 de enero de 2024 está vigente el Reglamento de la Ley para Prevenir y Reducir la Pérdida y el Desperdicio de Alimentos. La normativa contempla la posibilidad de que los municipios elaboren ordenanzas para crear incentivos de carácter tributario. 

Estos podrían dirigirse a organizaciones receptoras, facilitadores y donantes. La Ley dice que esas ordenanzas deberán observar las reglas vigentes sobre las finanzas públicas. En el Decreto emitido por el presidente Daniel Noboa también se señal la posibilidad de que los Gobiernos Autónomos Descentralizados puedan entregar reconocimientos. Estos se dirigirían a las organizaciones, donantes, personas beneficiarias y facilitadores.

 Entre las acciones que regula el reglamento están las condiciones en las que se deben encontrar los alimentos procesados para donación. También las medidas de seguridad, parámetros de entrega, recepción, logística de distribución, transporte y aprovechamiento de esos alimentos donados. Una de las novedades es la entrega de un distintivo. Se denomina ‘Actor Solidario’ y está destinado para las personas jurídicas y naturales que apliquen políticas de reducción, mitigación y donación en procesos que minimicen la pérdida de alimentos.

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