La proyección de gastos personales se  debe presentar en febrero de 2024

Desde el año 2024, las per­sonas que trabajen en re­lación de dependencia deberán presentar a su em­pleador, en el mes de fe­brero, el formulario de la proyección de gastos perso­nales. Antes, ese formulario debía presentarse en enero.

Las personas naturales que pertenecen al régimen ge­neral tienen derecho a uti­lizar, dentro de su declara­ción de impuesto a la renta anual, una rebaja por con­cepto de gastos personales y de sus cargas familiares.

Las cargas familiares se refieren a padres, cónyu­ge o pareja en unión de he­cho, hijos hasta el año en que cumplan los 21 años de edad e hijos con discapaci­dad de cualquier edad. Las condiciones son que no per­ciban ingresos gravados y dependan del contribuyente.

El monto de la rebaja por gastos personales será equivalente al 18% del menor valor entre los gastos personales declarados y el valor de la canasta familiar básica multiplicado por la cantidad de canastas que le corresponda, según el número de sus cargas familiares, conforme la siguiente tabla:

En concreto, el monto de las rebajas en el pago del impuesto a la renta fluctúan entre $964 y $2.753 anuales, según el número de cargas familiares.

Con la información del formulario de proyección de gastos personales, los empleadores podrán hacer las retenciones mensuales del impuesto a la renta de los trabajadores que ganen más de $991,8.

Para tener más información sobre el pago de impuesto a la renta, y las reglas que rigen desde este 2024, se puede consultar una nota publicada por LA HORA sobre «Las seis claves del pago del impuesto a la renta en 2024».

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