Los micromercados, gabinetes de belleza, restaurantes y otros negocios populares y emprendimientos con ventas de hasta 25 mil dólares mensuales dejarán de retener el IVA, el impuesto a la renta en transacciones con tarjetas de crédito o débito. La medida fue dispuesta en la Reforma aprobada el mes anterior y se aplicó con una circular del SRI, este miércoles. Las instituciones financieras, las emisoras de tarjetas de crédito y todos los agentes de retención, deben aplicarla inmediatamente. La medida aclara lo siguiente:
• En los pagos efectuados a los contribuyentes RIMPE categorizados como negocios populares no se realizará retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta. Tampoco se realizará retenciones en la fuente del Impuesto al Valor Agregado al encontrarse gravadas con tarifa 0% las transferencias de dominio de bienes muebles de naturaleza corporal, derechos y la prestación de servicios efectuados por tales sujetos pasivos.
• En los pagos efectuados a contribuyentes categorizados como emprendedores se realizarán las retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta e Impuesto al Valor Agregado en los porcentajes establecidos, respectivamente; salvo cuando tales pagos se realicen a través de tarjetas de crédito, débito, convenios de recaudación o de débito, u otros medios electrónicos de pago, en cuyos casos no se realizarán retenciones en la fuente de Impuesto a la Renta ni Impuesto al Valor Agregado, de conformidad con la normativa vigente.
La medida beneficiará a clientes de un millón 600 mil negocios populares y emprendedores del Régimen Simplificado, RIMPE, a escala nacional.