LA LEY DE INQUILINATO NO OBLIGA A DAR UNA GARANTÍA PARA ARRENDAR UN INMUEBLE

La Ley de Inquilinato en Ecuador está próxima a ser reformada. La Comisión de Justicia de la Asamblea recibió a expertos para definir cambios; la propuesta ya superó el primer debate y espera el segundo y definitivo en el Pleno para su aprobación y envío al presidente Daniel Noboa. Aunque poco conocida, regula los contratos de arrendamiento y subarrendamiento urbanos, estableciendo derechos y obligaciones de arrendador e inquilino.

Un aspecto llamativo es que no exige garantía, pero en la práctica los propietarios suelen pedir uno o dos meses para cubrir posibles daños. Los contratos pueden ser verbales o escritos; el dueño debe hacer reparaciones y el inquilino responde por los daños que cause. La normativa también aborda el fallecimiento del inquilino, sanciones al arrendador, la prohibición de subarrendar y la duración mínima del contrato.

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