
El Servicio de Rentas Internas (SRI) publicó el calendario tributario 2026, detallando los plazos para obligaciones clave como la declaración del Impuesto a la Renta, el anexo de gastos personales y las declaraciones mensuales de IVA.
Las fechas se asignan generalmente según el noveno dígito de la cédula o RUC, por lo que cada contribuyente debe verificar el día exacto que le corresponde. El analista económico Mauro Tejada destaca ajustes relevantes para 2026. En el Impuesto a la Renta para personas naturales, la franja exenta anual se fija en USD 12.208 (equivalente a USD 1.017,33 mensuales).
Las tarifas aplicables van del 5% al 37%, siendo esta última para ingresos anuales superiores a USD 109.956. En impuesto a herencias, donaciones y legados, el monto exento es hasta USD 78.527, con tasas entre el 5% y el 35% para valores mayores, alcanzándose el tope cuando lo recibido supera USD 942.353. Tras un 2025 con una recaudación bruta récord cercana a los USD 20.000 millones, impulsada en parte por el aumento del IVA, el calendario 2026 sirve como guía esencial para evitar multas y recargos.
Enero: Declaraciones de IVA (incluido el corte semestral para ciertos servicios al 0%) y presentación del anexo de relación de dependencia. Febrero: Anexo de gastos personales del ejercicio 2025 y proyección de gastos para 2026. Marzo: Declaración del Impuesto a la Renta 2025 para personas naturales y obligaciones regulares de IVA. Abril-Mayo: Declaraciones de Renta para contribuyentes del RIMPE.
En mayo, declaración patrimonial para quienes superen ciertos umbrales. Junio y Septiembre: Fechas tope (30 de junio y 30 de septiembre) para actualizar la proyección de gastos personales 2026. Julio: Segundo corte semestral de IVA y pago de la segunda cuota de la tasa minera. Agosto: Anticipo por utilidades no repartidas para empresas.



