Este 18 de septiembre de 2023, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) actualizó la normativa de objetos personales para el viajero. Esto tiene que ver con las cosas nuevas que ingresan por la Aduana sin pagar impuestos. En el nuevo listado, el Senae presenta el nuevo listado hay nuevos productos, pero también aumentaron las cantidades en líquidos como licores y perfumes.
El nuevo reglamento indica estos cambios:
• Licores: En caso de pasajeros mayores de 18 años de edad, máximo 5 litros de bebidas alcohólicas, 20 cajetillas de cigarrillos de 20 unidades, 1 libra de tabaco y 25 unidades de habanos o cigarros. Cuando un mismo envase exceda lo establecido, se deberá tributar en la parte proporcional a la diferencia no exenta (anteriormente eran 3 litros de bebidas alcohólicas).
• Medicinas: Medicamentos, vitaminas y suplementos alimenticios. Para el caso de medicamentos deberán estar acompañados con su respectiva prescripción médica nacional o extranjera. Para el caso de suplementos alimenticios, máximo 8 Kg (anteriormente era 4 kg).
• Perfume: 7: Máximo 500 mililitros de perfume por pasajero o 1.000 mililitros de perfume por grupo familiar, contenidos en frascos nuevos (anteriormente era 300 mililitros por persona y 600 por grupo familiar).
• Cosméticos : Máximo 2.500 mililitros en total por pasajero o 5.000 mililitros en total por grupo familiar, de cremas, lociones corporales, ‘splash’ y similares, contenidos en envases nuevos (anteriormente eran 1.250 mililitros o 3.000 por gurpo familiar).
También se consideran como efectos (objetos) personales hasta una unidad nueva y una usada de estos artículos:
1. Teléfono celular.
2. Cámara fotográfica.
3. Videograbadora o filmadora.
Multa
La resolución indica que quienes intenten ingresar bienes más allá de los que se permite como objetos personales, sin declarar impuestos, pagarán una multa que equivale a la mitad de un salario básico unificado: 250 dólares. Los pasajeros solo quedarán exentos de la multa cuando los objetos estén valorados en menos 1.000 dólares.