En Ecuador, la presentación de la papeleta de votación y la cédula de identidad es requerida para todos los trámites del sector público y algunos casos del privado. Esta se obtiene después de sufragar, un acto obligatorio en Ecuador para los ciudadanos de entre 18 y 65 años. Estos son documentos habilitantes.
El CNE y el Registro Civil confirmaron que son necesarios; sin embargo, lo que no es obligatorio es presentar una copia del documento. Esto se suscribió en el decreto ejecutivo 85, firmado por el presidente Guillermo Lasso en junio de 2021. Allí se ordena la prohibición de pedir copias de cédulas y certificado de votación a los ciudadanos.
Actualmente, la presentación de la papeleta de votación se requiere para:
- Abrir cuentas de ahorro o corriente en instituciones financieras (en algunos casos)
- Solicitar préstamos bancarios.
- Realizar trámites en instituciones públicas.
- Obtener el RUC.
- Inscribir una candidatura en el CNE.
- Para ingresar a laborar en empresas (que así lo decidan). Entre otros trámites.