El Consejo Nacional Electoral (CNE) oficializó este 24 de abril de 2025 los resultados numéricos de las elecciones presidenciales celebradas el pasado 13 de abril, tras rechazar las objeciones presentadas por la alianza Revolución Ciudadana (RC) y Renovación Total (RETO), listas 5-33, que respaldaron la candidatura de Luisa González.
Según el escrutinio de las actas tanto del territorio nacional como del exterior, Daniel Noboa, representante de Acción Democrática Nacional (ADN), fue declarado presidente electo de la República con el 55,63 % de los votos válidos, superando los diez millones de sufragios.
Por su parte, Luisa González, candidata del movimiento correísta, obtuvo el 44,37 % de los votos.
La proclamación fue aprobada con el voto favorable de los consejeros Enrique Pita, Diana Atamaint, Esthela Acero y José Cabrera. La consejera Elena Nájera no asistió a la sesión.
Reclamaciones rechazadas
Previo a la proclamación, el CNE revisó los 1.875 reclamos presentados por la alianza RC-RETO, los cuales señalaban supuestas irregularidades en las actas de escrutinio, como inconsistencias numéricas o la falta de firmas de los miembros de las juntas receptoras del voto.
Sin embargo, los informes jurídicos concluyeron que no existían inconsistencias suficientes ni omisiones de firmas que justificaran la apertura de urnas o la anulación de los resultados, según lo estipulado en el Código de la Democracia.
- 171 actas fueron objetadas por ausencia de firmas, pero el CNE comprobó que sí contenían las firmas requeridas del presidente y secretario de la JRV.
- En cuanto a las 333 actas con supuestas inconsistencias numéricas, solo tres presentaban ligeras discrepancias, pero estas no afectaban el resultado global.
- En 784 actas se alegó la ausencia de firmas, pero en todas se constató la presencia de las mismas, ya sea en el anverso o reverso del documento.
- También se rechazó una impugnación masiva a 13.095 actas, bajo el argumento de firmas falsificadas en el padrón electoral, al no haber sustento legal para dicha acusación.
Durante la sesión, la alianza RC-RETO presentó además cuatro escritos adicionales solicitando la nulidad de las elecciones y del escrutinio. La sesión fue brevemente suspendida para revisar estos documentos, pero al reanudarse, el CNE resolvió que tampoco cumplían con los requisitos legales, por lo que fueron desestimados.
Con la proclamación de los resultados, se abre ahora el periodo legal para presentar objeciones e impugnaciones formales ante el organismo electoral.