El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) mejora los beneficios del Acuerdo de Pago Parcial (APP), brinda mayores facilidades y tiempo a los empleadores para que se pongan al día en sus obligaciones patronales vencidas. Los empleadores cancelarán cuotas más bajas a un plazo mayor de hasta 6 años, sin tener que pagar una cuota inicial.
El objetivo es que el IESS recupere su cartera vencida lo que se traduce en atención y servicios en favor de sus afiliados. Un beneficio palpable es que se amplió el plazo de los APP: el plazo máximo ya no será de 3 años, sino de 6 años. Para acogerse a este beneficio la fecha tope de suscripción del Acuerdo de Pago Parcial será el 28 de febrero de 2024.
Quienes suscriban el Acuerdo de Pago Parcial a partir del 29 de febrero de 2024 solo tendrán un plazo de hasta 4 años para cancelar sus obligaciones patronales vencidas. Con la normativa anterior se requería la autorización del Director Provincial para plazos superiores a un año; con la reforma esta autorización aplica para plazos superiores a 3 años.
Es importante considerar que, por una sola ocasión, los empleadores podrán suscribir un nuevo acuerdo de pagos siempre que la sumatoria de los dividendos pagados del primer acuerdo incumplido y el plazo del segundo acuerdo, no sea igual o superior a 7 años.
Se excluye el pago inmediato de los intereses de mora generados por la obligación y los valores correspondientes a retenciones como cuota inicial, los cuales se prorratearán de acuerdo al plazo solicitado por el empleador y/o contratante del seguro.
Hasta el 28 de febrero de 2024 los títulos de crédito en fase de ejecución coactiva, sobre los que no se hubiere dictado medidas cautelares, podrán acogerse a este beneficio previo a la cancelación de los honorarios a los gestores externos.
Datos de interés
Para generar un Acuerdo de Pago Parcial (APP) el deudor podrá presentar la solicitud de forma física o en línea a través de la página web del IESS.