La Asamblea Nacional debe completar su tarea. La Corte Constitucional devolvió al legislativo la solicitud de interpretación a la constitución a propósito de la suspensión de la vicepresidenta Verónica Abad con un sumario administrativo del Ministerio de Trabajo. El juez Richard Ortiz firmó este documento en el que ordena completar, hasta este lunes, el pedido de consulta sobre cuatro artículos de la constitución.
Él solicita al legislativo que en su respuesta exponga su criterio sobre las normas consultadas y den su punto sobre el alcance que deben tener. A criterio del juez, la exposición realizada para justificar el pedido de interpelación fue incompleta. El 15 de noviembre, Viviana Veloz, presidenta de la Asamblea, pidió el criterio de la Corte sobre cuatro puntos: • ¿Qué se considera y cómo se configura la ausencia temporal de la vicepresidenta? • ¿Cuáles son las inhabilidades? • ¿Prohibiciones para la vicepresidenta y el presidente?
• ¿Cuáles son las atribuciones que tienen los ministros de estado? Dentro de ese documento, la Presidenta de la Asamblea hizo conclusiones y preguntas. Por ejemplo, que las tres causas que generan la ausencia temporal del Primer Mandatario, que son las mismas para el vicepresidente, son por enfermedad, fuerza mayor y licencia concedida por la Asamblea.
¿Se debe entender, pregunta la asambleísta, que son exclusivamente estas causas las que configurarían la ausencia temporal?, o ¿se pueden considerar válidas otras causas no previstas en la constitución? Es decir, estas no son las precisiones que esperaba el juez y por eso pide que la Asamblea haga de nuevo la tarea.
La sanción contra Abad se produjo, según el Ministerio de Trabajo, porque la Vicepresidenta, que cumplía las funciones de la embajadora en Israel, no se trasladó a Ankara, en Turquía, antes del 1 de septiembre, como dispuso el presidente Daniel Noboa en un decreto ejecutivo.