Los alcaldes de varios municipios, junto a un grupo de abogados, presentaron en la sede de la Corte Constitucional una demanda de inconstitucionalidad en contra de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) por su resolución que ordenó la suspensión de radares de velocidad. Esa decisión instó a la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE) que arranque un proceso de clausurar 163 fotorradares en 32 cantones y una mancomunidad, todos ellos municipios de modelo gestión tipo B, según lo establecido por el Consejo Nacional de Competencias (CNC).
Al tener esa categoría, las autoridades de estas localidades deben planificar, regular y controlar el tránsito, pero no pueden tener el control operativo del tránsito en la vía pública con agentes. Sin embargo, la regulación de la velocidad de los vehículos es ejercida por dispositivos eléctricos. Para estos municipios, lo determinado por el ANT viola la Constitución de la República, que indica que los gobiernos autónomos descentralizados (GADs) deben regular y controlar el tránsito dentro de su territorio cantonal.