Reforma propone que la afiliación de independientes sea obligatoria

La Comisión Gubernamental del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) vuelve a poner en debate la obligatoriedad de afiliación de los trabajadores autónomos o independientes. Con el justificativo de cumplir con el artículo dos de la Ley de Seguridad Social, misma que indica que estas personas también son sujetos de protección del Seguro General Obligatorio.

¿Qué es lo que plantea la comisión?

El comité propone que los trabajadores independientes que laboren de manera formal deberán afiliarse a los fondos de pensiones y cesantías del IESS. Mientras que, el seguro de salud será opcional, siempre y cuando el sujeto demuestre que cuenta con uno privado. Para garantizar el cumplimiento de esta medida, los independientes que quieran renovar el Registro Único de Contribuyentes (RUC), deberán presentar su certificado de afiliación al IESS.

Según datos de la misma institución, un 78,3% de individuos independientes laboran en calidad de informalidad o no poseen un RUC. Además, los afiliados deberán cotizar en igual porcentaje al fondo de pensiones, es decir un 11,06%.

También podrán acceder al fondo de cesantía, con una contribución de 2%, lo que les servirá como garantía para acceder a préstamos hipotecarios en Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (BIESS). Por último, la propuesta de reforma dice que los independientes podrán participar en planes de ahorro para la vejez voluntarios. Indicadores laborales Según los datos expuesto en el portal del Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (INEC) estos serían los datos vinculados con los trabajadores independientes en el Ecuador con corte en mayo de 2023.

– Sector informal: 78,3%

– Tasa de empleo: 98,9%

– Tasa de subempleo: 22,1%

– Tasa de empleo adecuado: 24,1%

– Tasa de desempleo: 1,1%

Actualmente en Ecuador, los trabajadores independientes que se encuentran afiliados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) cotizan con una tasa de 17,6% sobre un sueldo base de aportación que no puede ser inferior al salario básica unificado $450 dólares.

Como último, Augusto de la Torre, explicó que una vez al año se deberá determinar cuál es el salario neto de los trabajadores independientes, tomándolo como base para poder determinar su nivel de aporte.

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