Desde el año 2024, las personas que trabajen en relación de dependencia deberán presentar a su empleador, en el mes de febrero, el formulario de la proyección de gastos personales. Antes, ese formulario debía presentarse en enero.
Las personas naturales que pertenecen al régimen general tienen derecho a utilizar, dentro de su declaración de impuesto a la renta anual, una rebaja por concepto de gastos personales y de sus cargas familiares.
Las cargas familiares se refieren a padres, cónyuge o pareja en unión de hecho, hijos hasta el año en que cumplan los 21 años de edad e hijos con discapacidad de cualquier edad. Las condiciones son que no perciban ingresos gravados y dependan del contribuyente.
El monto de la rebaja por gastos personales será equivalente al 18% del menor valor entre los gastos personales declarados y el valor de la canasta familiar básica multiplicado por la cantidad de canastas que le corresponda, según el número de sus cargas familiares, conforme la siguiente tabla:
En concreto, el monto de las rebajas en el pago del impuesto a la renta fluctúan entre $964 y $2.753 anuales, según el número de cargas familiares.
Con la información del formulario de proyección de gastos personales, los empleadores podrán hacer las retenciones mensuales del impuesto a la renta de los trabajadores que ganen más de $991,8.
Para tener más información sobre el pago de impuesto a la renta, y las reglas que rigen desde este 2024, se puede consultar una nota publicada por LA HORA sobre «Las seis claves del pago del impuesto a la renta en 2024».